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SENCE ATACAMA, COMO UN ACTO ARBITRARIO E ILEGAL CONTRA UN FUNCIONARIO MARCO UN PRECEDENTE A NIVEL NACIONAL

 

Hagamos un poco de memoria, el día 30 de diciembre de 2020, la Corte de
Apelaciones de Copiapó, acogió un recurso de protección interpuesto por
funcionario del SENCE Oliver Varela Madariaga, en contra del director del mismo
servicio público por haberlo cambiado en forma ilegal y arbitraria de su cargo por
medio de un correo electrónico, sin ningún tipo de fundamento.
En dicha oportunidad la Corte de Apelaciones de Copiapó, en el recurso de
protección Rol N° 411-2020, señalo que " .. la motivación de un acto de autoridad
que atañe a una persona, sea o no funcionario del Estado, es un derecho del
afectado, pues le permite comprender las razones del acto y su impugnación si
fuere procedente, y careciendo en absoluto de motivación el acto por el cual se
tomó la decisión de cesar al recurrente en su cargo de Encargado de la Unidad de
Capacitación a Personas, de la Dirección Regional del de Atacama del SENCE,
esto es, el correo electrónico transcrito en el considerando quinto precedente,
resulta ser este un acto arbitrario e ilegal, que ha trasgredido el derecho del
recurrente a la igualdad ante la ley, puesto que se le ha discriminado y tratado en
forma desigual, situación que impide el ejercicio del derecho que asegura a todas
las personas la Constitución Política de la República, en el artículo 19 N° 2."
Sence Atacama con su equipo de abogados, apelo a dicho fallo y la Excelentísima
Corte Suprema el día 1 de abril de 2021 en causa Rol N° 4327-2021 confirmo el
fallo de la Corte de Apelaciones de Copiapó, marcando con esto un importante
precedente, porque es habitual que las autoridades comunales o jefes de servicios
en posesión del cargo cambien o hagan destinaciones de los trabajadores
públicos de palabra o por correos electrónico y sin señalar los motivos, y el
funcionario para no tener problemas en su trabajo obedece, dando normalidad a
algo que es ilegal.
Este fallo marca un antes y un después en la relación que debe haber entre los
funcionarios públicos y las jefaturas de los servicios públicos.
Pero, no obstante, la importancia de lo que se estaba discutiendo en los tribunales
superiores de justicia, este funcionario PELEO SOLO, NO RECIBIÓ EL APOYO
DE NINGUN GREMIO, ni regional ni a nivel nacional.
¿Cuántas veces vimos marchar a los distintos gremios del sector público por las
calles de la capital regional exigiendo mejores condiciones laborales, más respeto,
dignidad etc.? Entonces ¿Qué paso que desaparecieron y dejaron solo a su propio
colega? ¿Dónde quedo el discurso? Este fallo es un llamado de atención no solo
para las jefaturas, sino que también para el mismo gremio que debe entender que
nunca más deben dejar abandonado a un funcionario del sector público, porque el
caso del señor Oliver Varela marco un precedente a nivel nacional que va a
proteger a los propios funcionarios públicos en contra de las arbitrariedades e
ilegalidades que se cometan en los propios servicios públicos.
Luis González Codocedo
Abogado
Ex – Consejero Regional de Atacama

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