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SERNAC OFICIÓ A MULTITIENDA CORONA TRAS ANUNCIO DE CIERRE DE TARJETA DE CRÉDITO

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ofició a la multitienda Corona tras el
anuncio del cierre de su tarjeta de crédito, con el objetivo de conocer en detalle los
alcances que tendrá esta medida entre las y los consumidores.
A través de este oficio, cuyo plazo de respuesta es de 10 días hábiles, la empresa
deberá informar al SERNAC, los alcances que tendrá entre las personas consumidoras
que actualmente poseen este instrumento financiero y qué sucederá con quienes
actualmente tienen deudas, sean morosas y no morosas.
El objetivo de esta gestión del SERNAC es verificar que la entidad financiera respete
los derechos de las personas consumidoras y tome todas las medidas para no afectar
su patrimonio.
SERNAC ha recibido reclamos de personas consumidoras que indican que utilizaban la
tarjeta de crédito de Corona para comprar diversos productos, por ejemplo,
mercadería, pero de un momento a otro fue cerrada por parte de la empresa, sin
informarles de la decisión.
A juicio del SERNAC, Corona tiene la obligación de realizar un proceso de cierre de su
tarjeta de crédito respetando estrictamente los derechos de las personas
consumidoras que cuenten con este instrumento, evitando acciones que puedan
afectarles, como, por ejemplo, aceleración de pagos de cuotas, acciones de cobranza
extrajudiciales, entre otras.
Asimismo, el Servicio se coordinará con la Comisión para el Mercado Financiero
(CMF), para conocer en profundidad aspectos relevantes del proceso de cierre de la
mencionada tarjeta de crédito, pensando en el resguardo de las personas
consumidoras.
SERNAC hace un llamado a los consumidores que se sientan vulnerados en este
proceso a ingresar sus reclamos en www.sernac.cl o llamando al 800 700 100, quien
se mantendrá monitoreando su desarrollo.
Derechos uso de la tarjeta de crédito:
 Al momento de contratar una tarjeta de crédito, es deber de las entidades
financieras proporcionar información veraz y oportuna a las y los consumidores.
 Los requisitos para acceder al crédito deben estar publicados y deben ser
objetivos para todas y todos los consumidores.
 En caso que se le rechace la apertura de la tarjeta de crédito, ésta sólo puede
fundarse en las causales objetivas previamente publicadas.
 La o las comisiones que se cobren deben corresponder a servicios
efectivamente otorgados.

Las entidades financieras deben entregar a las y los consumidores una hoja de
resumen del contrato.
 La venta atada está prohibida, lo que implica, por ejemplo, que las entidades
financieras no pueden obligar a las y los consumidores a contratar un seguro
para que se le otorgue una tarjeta de crédito.
 Al usar la tarjeta de crédito, en general, es mejor pagar las compras con una
sola tarjeta y es recomendable concentrar todas las compras en una sola
transacción. De esta manera las personas se ahorran en el pago de comisiones.

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