La deuda en pesos en la Región de Atacama corresponde a $ 2.319.941 millones, a lo que se suma la deuda en UTM.
La Región de Atacama cuenta actualmente con un total de 3.787 causas, correspondientes a 3.565 deudores vigentes, lo que afecta a 4.940 niños, niñas y jóvenes de la región con derecho a percibir una pensión de alimentos. La deuda en pesos corresponde a $ 2.319.941.464, a lo que se suma la deuda en UTM.
La seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Fabiola Gallardo, señaló
«Estas cifras permiten visibilizar una realidad existente por largo tiempo y reflejan la necesidad que tenía nuestro país de regular lo que ocurre cuando se incumple de manera reiterada con la obligación de entregar recursos para el desarrollo óptimo de los niñas, niñas y adolescentes. Seguiremos trabajando porque se cumpla con este deber y para que más personas que se encuentran en esta situación lleven la demanda a tribunales, porque estamos hablando de un derecho», señaló la seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Fabiola Gallardo.
Una institucionalidad en pleno funcionamiento
Seis meses después de la puesta en marcha del Registro, en mayo de 2023, entró en vigencia la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos. Desde entonces, ambas normativas conforman la institucionalidad del Estado chileno destinada a mejorar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos en el país. Mientras el Registro crea incentivos para el pago de deudas a través de sanciones a la morosidad, la ley de Responsabilidad Parental establece un mecanismo de pago efectivo de las pensiones de alimentos adeudadas en el país, permitiendo el pago de la misma a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias, instrumentos de inversión y financieros, y, en segundo lugar, en las cuentas de ahorro previsional voluntario.
¿Cómo funciona el Registro de Deudores?
Para ingresar al Registro debe existir una causa por pensión de alimentos ante los Tribunales de Justicia, los cuales deben evaluar los antecedentes. La persona demandante debe solicitar al tribunal correspondiente la liquidación de la deuda, que será puesta en conocimiento del alimentante. Si éste tiene una deuda de tres meses continuos y/o cinco discontinuos y no hace el pago una vez realizada la liquidación, el Tribunal enviará los antecedentes al Servicio de Registro de Identificación, para que éste inscriba al alimentario deudor en el Registro Nacional de Deudores.
Este mecanismo es un sistema electrónico remoto, gratuito y puede ser consultado por personas o instituciones que tenga la obligación legal de hacerlo, tales como deudores, demandantes, representantes legales, tribunales, bancos, notarías, municipalidades, entre otras instituciones públicas y privadas.
Dentro de las consecuencias de ingresar al Registro Nacional de Deudores se encuentran: la retención de las devoluciones de impuestos en la operación renta de cada año, la imposibilidad de obtener o renovar la licencia de conducir y/o el pasaporte y la retención de operaciones de crédito (desde 50 UF o más alcanzará un 50%), entre otras medidas.
Cabe destacar que, a partir de su implementación, el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género detectó e impulsó medidas para mejorar el cumplimiento de la ley en el caso de los prestadores de servicios financieros, entregándole atribuciones expresas a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), para fiscalizar y sancionar a estos actores, lo que fue aprobado por el Congreso en diciembre de 2022. La Ley dispuso que, a partir de marzo, la CMF comenzará a supervisar el cumplimiento de las obligaciones de consulta del Registro por parte de los proveedores de servicios financieros que fiscaliza.
Seis meses después de la puesta en marcha del Registro, el 20 de mayo de 2023 comenzó a operar el mecanismo de pago efectivo de pensiones, creado por la Ley 21.484 sobre Responsabilidad Parental, presentada por el gobierno del presidente Gabriel Boric Font.
Desde entonces, ambas normativas conforman una mejor institucionalidad del Estado chileno destinada a mejorar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos en el país.
A partir de la ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, si existe al menos una mensualidad de pensión de alimentos adeudada, se puede solicitar al tribunal que dictó la resolución en donde consta la deuda, que -en primer lugar- ordene el pago de la misma a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias, instrumentos de inversión y financieros, y, en segundo lugar, en las cuentas de ahorro previsional voluntario. Esta búsqueda de fondos es realizada por el tribunal de oficio.
En tanto, si existen tres mensualidades de pensión de alimentos adeudadas, ya sea total o parcial, continua o discontinua, el tribunal ordena el pago mediante los fondos que existan en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del deudor, sí y solo sí, el alimentante no mantiene fondos en cuentas bancarias, cuentas de APV o instrumentos financieros o de inversión, o si éstos son insuficientes para el pago total de la deuda.
“El Presupuesto 2024 incluye entre sus recursos más dotación, es decir, más funcionarios para los Tribunales de Familia a nivel nacional y también más y mejor conexión con el sistema financiero, para que no solo el registro siga en vigencia, sino para que también logremos mejorar la implementación de nuestra ley de pago efectivo”, concluyó la ministra Orellana.