Contraloría investiga presunta incompatibilidad horaria de dos médicos del Hospital Regional de Copiapó
Según la investigación realizada por el ente fiscalizador, los funcionarios denunciados, mantuvieron una superposición horaria entre los servicios prestados como funcionarios contratados del Hospital Regional de Copiapó durante 2022, realizando intervenciones quirúrgicas en una clínica privada.
El pasado 19 de abril, la Contraloría General de la República, a través de una resolución oficial, informó que desarrolló una investigación por una denuncia por una eventual incumplimiento al principio de probidad administrativa, por parte de los médicos identificados con las iniciales R.A.A y M.S.C, toda vez que dichos funcionarios habrían programado y asistido a realizar intervenciones quirúrgicas en una clínica privada en la comuna de Copiapó, en horarios que coinciden con su jornada laboral en el Hospital Regional de Copiapó San José del Carmen.
En este sentido, la Contraloría, revisó documentos tanto del Hospital Regional San José del Carmen, como de FONASA, para constatar el horario de estas intervenciones quirúrgicas, debido a que ambos facultativos se retiraban antes de cumplir su horario en el Hospital Público, para trasladarse a la clínica privada y así poder desarrollar atenciones en este último recinto asistencial.
Antecedentes
Sobre el médico identificado con las iniciales R.A.A, la Contraloría informa que “se logró constatar que dicha situación durante el año 2022 fue un hecho reiterado por el funcionario, toda vez que dichas salidas antes del horario fijado en las resoluciones exentas que establecían la distribución horaria, no permitió dar cumplimento a las 33 horas semanales por las había sido contratado para prestar funciones en el Hospital Regional de Copiapó. Efectuada la revisión de los reportes de marcación del reloj biométrico, dispuesto en las dependencias de la entidad, se advirtió que entre los meses de enero a diciembre de 2022, el funcionario denunciado, no registró justificaciones de las omisiones de marcación, en las que dé cuenta que haya hecho uso de feriados, permisos, licencias médicas o haya acaecido alguna circunstancia calificable de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen sus ausencias, a pesar de que -según se constata en las liquidaciones de sueldo del período examinado-, percibió íntegramente sus remuneraciones. En el mismo orden de ideas, de acuerdo con lo informado por FONASA, se verificó que el aludido funcionario realizó intervenciones quirúrgicas en la Clínica Privada, omitiendo los registros de entrada y salida”.
“En tanto, sobre el médico de iniciales M.S.C, el ente fiscalizador público, señala en su informe que, si bien la entidad de salud cuenta con sistemas de control horario para que los funcionarios registren su asistencia, no existen supervisiones ni controles sobre el cumplimiento de la jornada respecto de la totalidad de ellos, toda vez que fue posible constatar que a lo menos en 9 oportunidades el señor M.S.C. no firmó el libro de control”, agrega el documento.
Conclusiones Contraloría Regional
Sobre la incompatibilidad horaria, el Informe de Contraloría manifiesta que “se constató que los funcionarios denunciados, identificados con las iniciales R.A.A. y M.S.C., mantuvieron una superposición horaria entre los servicios prestados como funcionario contratado del Hospital Regional de Copiapó durante 2022, realizando intervenciones quirúrgicas en una clínica privada. Debido a lo anterior, el servicio deberá en lo sucesivo, establecer los controles y dar cumplimiento a los artículos 7° y 52 de citada ley N° 18.575, que prevé que los funcionarios de la administración del Estado estarán afectos a un régimen jerarquizado y disciplinado, debiendo cumplir fiel y esmeradamente sus obligaciones para con el servicio y obedecer las órdenes que les imparta el superior jerárquico, como también a la probidad administrativa”.
“Respecto a las salidas antes de la jornada programada de R.A.A., El Hospital Regional de Copiapó, deberá adoptar las medidas que correspondan para iniciar un proceso con el objeto de obtener el reintegro o la restitución de las sumas involucradas, por un valor de a lo menos $1.157.200, debiendo remitir la documentación que acredite dichas acciones y los comprobantes respectivos que den cuenta de la recuperación de dichos montos, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente oficio. Lo anterior, sin perjuicio, del derecho que tiene el funcionario para solicitar el otorgamiento de facilidades o la condonación de los montos respectivos, al tenor de lo establecido en el artículo 67, incisos cuarto y quinto, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República. Sin perjuicio ello, y al igual que para el caso anterior, las autoridades y jefaturas pertinentes, dentro del ámbito de su competencia y en los niveles que corresponda, deberán en el futuro, ejercer un control jerárquico permanente del funcionamiento del organismo y de la actuación del personal de su dependencia”, apunta.
Por último, el informe del ente fiscalizador destaca que “Sobre la omisión de entrada y salida u omisión de salida, de R.A.A.. en los que en algunos casos figuran con intervenciones en la Clínica privada y las omisiones de salida de M.S.C., el Hospital Regional de Copiapó deberá informar a este Órgano de Control, en un plazo no superior a 30 días hábiles, contado desde la magnitud, reiteración, detrimento patrimonial, graves debilidades de control interno, eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de especial relevancia por la Contraloría General”.
Servicio Salud Atacama
Como medio de comunicación nos acercamos al departamento de comunicaciones del Servicio de Salud Atacama, para tener su punto de vista sobre esta situación, momento en el que señalaron que “no nos podemos referir al tema porque está en proceso y aún quedan temas pendientes y requerimientos solicitados por Contraloría y que se debe responder en tiempos otorgados”.