SLEP Atacama precisa y destaca información del Sistema Nacional de Educación Pública con su comunidad educativa
Con el objetivo de informar, precisar y destacar los alcances, detalles y contexto del nuevo Sistema Nacional de Educación Pública en su comunidad escolar, el Servicio Local de Atacama inició un plan comunicacional dirigido a sus 60 establecimientos educacionales y 16 jardines V.T.F. de la provincia de Chañaral y provincia de Copiapó.
En este marco, Pedro Lagos Arancibia, director ejecutivo (S) del SLEP de Atacama, argumentó que “es muy importante que las comunidades educativas conozcan el contexto, los principios, el objetivo, la Estrategia Nacional y la creación de los servicios locales, es decir, que conozcan el nuevo Sistema Nacional de Educación Pública y la normativa 21.040, ya que ellos y ellas son parte de este proceso y son fundamentales para lograr los objetivos. Por esta razón, hemos iniciado un plan comunicacional donde realizaremos comunicados informativos, visitaremos radios, realizaremos gráficas para redes sociales y cápsulas audiovisuales, las que por cierto serán compartidas con nuestra comunidad escolar”.
CONTEXTO: SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
El 3 de noviembre de 2015 ingresó al Congreso de Chile un proyecto de Ley cuyo objetivo es garantizar el ejercicio del derecho a la educación de niños, niñas, jóvenes y adultos en todo el territorio nacional proporcionando educación pública, gratuita y de calidad, laica y pluralista desde el nivel parvulario y hasta la educación media. Dos años después, este proyecto se transforma en Ley de la República de Chile, como la normativa 21.040 -que crea el sistema de educación pública-, la que finalmente se publica en el Diario Oficial, el 24 de noviembre de 2017.
Con la publicación de esta Ley comienza la creación de un Sistema Nacional de Educación Pública (SNEP) y a su vez, inicia el proceso de transición -gradual- de la educación municipal a lo que se denomina: Nueva Educación Pública.
El objetivo de dicha transición; entre la administración municipal y el nuevo Sistema Nacional de Educación Pública durará hasta el año 2025; es crear una nueva institucionalidad estatal, más moderna, especializada, eficiente y con identidad territorial, que se convierta en referente de excelencia del sistema educacional en su conjunto.
Para conocer detalles de Ley 21.040, usted puede ingresar a la página web: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1111237&idParte=9853009.
CREACIÓN DE LOS SERVICIOS LOCALES DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En el marco de la Ley 21.040 y este nuevo Sistema Nacional de Educación Pública es que se crean los SLEP, siendo los dos primero, el de “Puerto Cordillera” y de “Barrancas” iniciando sus funciones el 1 de marzo de 2018. El mismo año, pero en julio inician sus funciones los SLEP de “Huasco” (que comprende Alto del Carmen, Freirina, Huasco y Vallenar) y “Costa Araucanía”. Entre el año 2019 y el 2022 se suman 23 nuevos SLEP, que agruparán a 100 comunas; y entre el año 2023 y el 2025 se sumarán 43 nuevos Servicios Locales de Educación que reunirán a 231 comunas.
EL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA ATACAMA
A partir del 1 de enero del año 2021, el SLEP de Atacama es el nuevo sostenedor de los 60 establecimientos educacionales y 19 jardines infantiles V.T.F. de las comunas de Copiapó, Caldera, Tierra Amarilla, Chañaral y Diego de Almagro. Además de ser un organismo especializado en la gestión educativa y descentralizado, puede tomar decisiones sobre la educación en el territorio a su cargo. Tiene personalidad jurídica, patrimonio y presupuestos propios.
El SLEP es responsable de velar por la calidad de la educación pública, por su mejoramiento continuo y su desarrollo equitativo. Para cumplir, debe apoyar la gestión de los establecimientos educacionales y jardines V.T.F., a su cargo entregando colaboración técnico-pedagógica, desarrollando proyectos de mejoramiento a la infraestructura e impulsando la articulación en redes de los diversos actores de la educación en el territorio, por nombrar algunos ejemplos.
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Según la Ley 21.040, corresponderá a la Dirección de Educación Pública (D.E.P.) la conducción estratégica y la coordinación del SNEP, velando para que los SLEP provean una educación de calidad en todo el territorio nacional.
Algunas de las funciones y atribuciones, de la D.E.P., para cumplir su objetivo son:
A- Proponer al Ministerio de Educación, de conformidad a lo establecido en el artículo 6, la Estrategia Nacional de Educación Pública.
B- Elaborar y proponer al Ministro de Educación los convenios de gestión educacional, y realizar su seguimiento, evaluación y revisión, en base a criterios objetivos, observables y accesibles al público, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 40 y 41.
C- Proponer al Ministro de Educación el perfil profesional que deberán cumplir los candidatos al cargo de Director Ejecutivo de los Servicios Locales.
D- Prestar asistencia técnica a la gestión administrativa de los Servicios Locales, cuando ello sea necesario para el cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 5.
E- Asignar recursos a los Servicios Locales, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuestos del Sector Público.
PRINCIPIOS: SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
El SNEP y cada uno y una de sus integrantes se deben regir, tal como expresa la Ley 21.040, particularmente en el Artículo 5, por los siguientes principios:
- Calidad integral: El Sistema se orientará hacia la provisión de una educación de calidad que permita a los estudiantes acceder a oportunidades de aprendizaje para un desarrollo integral, llevar adelante sus proyectos de vida y participar activamente en el desarrollo social, político, cultural y económico del país.
B- Mejora continua de la calidad: El Sistema velará por el mejoramiento sostenido de los procesos educativos que se desarrollen en los establecimientos educacionales dependientes de los SLEP en el país, con el objeto de alcanzar una educación de calidad integral e inclusiva.
C- Cobertura nacional y garantía de acceso: El SNEP asegurará la prestación del servicio educacional en el territorio nacional y el acceso de las personas, incluyendo a aquellas que tengan necesidades educativas especiales, de conformidad a la ley, a los distintos niveles educativos.
D- Desarrollo equitativo e igualdad de oportunidades: Los integrantes del SNEP deberán ejecutar medidas de acción positiva que, en el ámbito educacional, se orienten a evitar o compensar las consecuencias derivadas de las desigualdades de origen o condición de los estudiantes.
E- Colaboración y trabajo en red: El SNEP y sus integrantes basarán su funcionamiento en la colaboración, fomentando la cooperación y sistemática entre las instituciones que lo componen.
F- Proyectos educativos inclusivos, laicos y de formación ciudadana: El Sistema debe favorecer la expresión y valoración de las diferencias entre los estudiantes y sus particularidades.
G- Pertinencia local, diversidad de los proyectos educativos y participación de la comunidad: El SNEP deberá contar con proyectos educativos diversos y pertinentes a la identidad, necesidades e intereses de la comunidad, respetando siempre los derechos humanos.
H- Formación ciudadana y valores republicanos: El SNEP promoverá en los estudiantes la comprensión del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella, entendidos éstos en el marco de una república democrática.
I- Integración con el entorno y la comunidad: El SNEP se encargará de promover el desarrollo de conocimientos, habilidades y valores que permitan a las personas y comunidades contribuir a asegurar, desde sus propias identidades, su supervivencia y bienestar, a través de una relación creativa y constructiva.
ESTRATEGIA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Según el nuevo Sistema Nacional de Educación Pública, todos los SLEP del país, deben enmarcar sus labores con los objetivos de la Estrategia Nacional de Educación Pública (ENEP) 2020-2028.
La ENEP es la herramienta central y hoja de ruta para la instalación y funcionamiento del nuevo Sistema Nacional de Educación Pública. Según el artículo 6 de la Ley 21.040, la ENEP tendrá por objeto “mejorar la calidad de la educación pública provista por los establecimientos educacionales integrantes del SNEP, propendiendo al pleno desarrollo de ésta. Será establecida por medio de un decreto supremo y tendrá una duración de ocho años, pudiendo modificarse luego de una evaluación a la mitad de dicho período o cuando por razones fundadas, debidamente calificadas, así se determine”.
Para conocer en detalle la Estrategia Nacional de Educación Pública 2020-2028, usted la puede descargar en el siguiente link: https://bibliotecadigital.mineduc.cl/handle/20.500.12365/14973