Corte Suprema ordena tramitar recurso contra asimilación y traslado forzado de niñas y niños Colla por parte del sistema escolar
El recurso de protección, que había sido declarado inadmisible por la Corte de Copiapó, busca impedir que los niños indígenas colla sean obligados a abandonar sus territorios para asistir a las escuelas urbanas.
Como «una excelente noticia para la exigencia progresiva de los derechos indígenas», calificó Ercilia Araya, Presidenta de la Comunidad colla Pai Ote al recurso de protección presentado en la Corte de Apelaciones de Copiapó, en favor de los niños y padres de la Comunidad, quienes reclaman contra el sistema educativo chileno, quien les impone «trasladarse forzosamente desde sus territorios indígenas hasta la Ciudad de Copiapó para asistir a la escuela».
Cabe señalar que este recurso de protección fue interpuesto a fines de marzo de 2023 y había sido declarado inadmisible, pero en virtud de una apelación interpuesta por los demandantes, la Corte Suprema ha revocado el fallo inicial y ordenado a la Corte de Copiapó tramitarlo sin condiciones.
Ariel León Bacian, uno de los demandantes y redactor de recurso señaló que «el fundamento que alegamos es la vulneración a los derechos a la integridad psicológica, a la no discriminación y el derecho a la libertad de educación de parte de los niños indígenas y de sus padres. En efecto, los niños y niñas colla son pastores de ganado, viven y practican la agricultura, y son obligados a trasladarse forzosamente a la ciudad, pierden contacto con su territorio y por lo tanto, son asimilados por la cultura dominante. No pedimos que se les deje sin educación, sino que el Estado provea de profesores que vayan al territorio, que queda a una hora de Copiapó. En una región con grandes recursos, que alimenta con creces el erario público nacional, asombra la poca preocupación, y el traslado y asimilación forzada de niños indígenas con la excusa de proveerles de educación, que parece ser más un sistema de extinción cultural que otra cosa”.
Ercilia Araya abona señalando que “al estar los establecimientos educacionales establecidos en la ciudad, gran parte de los niños y niñas indígenas que habitan los territorios del país deben verse enfrentados a decisiones tan difíciles como alejarse de sus familias, casas, territorios y costumbres, para poder cumplir con el anhelado deseo de mejorar y perfeccionar su educación. En algunos casos, estos niños deben quedar al cuidado de familiares o conocidos. Todo esto de los viajes y tener que sacrificarse desde tan temprana edad para recibir educación, provoca serios daños vinculados al desarraigo que se produce en relación a su cultura y costumbres en el territorio, afectando el contexto en cómo seguirán viviendo sus vidas e identificándose como personas indígenas”.
La dirigenta colla agrega que “este daño también se extiende psicológicamente por la sensación de estar en un constante encierro, para muchos de estos niños y niñas indígenas estar en un colegio “normal” es una experiencia similar a la cárcel, ya que se encuentran estas estructuras en su mayoría limitadas con grandes muros y rejas, no teniendo ni un ápice de pertinencia cultural para con los pueblos indígenas, enfocada en los alumnos que reciben, imponiendo normas y costumbres que para estos menores son inentendibles según sus propias costumbres y formas de vida muy distintas. En algunos casos estos niños y niñas han sido criados desde pequeños según la costumbre de cada comunidad, realizando pastoreo de distintos animales, trabajando la tierra a la par con sus familias, criados en sectores de gran altitud sin límites físicos visibles, como pasa en la ciudad, ya que para ellos el territorio sobre el cual habitan desde tiempos ancestrales comprende desde cordillera a costa, sin demarcaciones. De esta forma, deben sacrificar sus vidas para poder someterse al sistema que los oprime, abandonando sus territorios de permanencia debiendo trasladarse a las ciudades y pueblos cercanos, perdiendo prácticas tan arraigadas a su cultura como sería la práctica de la trashumancia, por ejemplo, o también costumbres agrícolas propias de las zonas, conocimientos herbolarios y de medicina natural, usos adecuados de los recursos naturales y del recurso hídrico, aprovechamiento de la biodiversidad, realización de ceremonias ancestrales y ejecución de patrones culturales, entre miles de otras actividades que deben sacrificar y dejar atrás para poder recibir una educación que además, los obliga a someterse en un sistema que es completamente ajeno a su cultura”.
Para Ariel Leon, este sistema provoca diversos efectos, como es “la asimilación cultural de los pueblos indígenas, el etnocidio, alienación psicológica, y conflictos familiares, que van más allá de brechas generacionales sino que también culturales, debidas a la asimilación. Es por ello que alegamos la violación del Convenio 169 de la OIT, la Convención de Derechos del Niño y de la Declaración de derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas”.
Cabe recordar que la Observación General N 11 del Comité de Derechos del Niño, que aplica la Convención de Derechos del Niño, ordena que los Estados partes deberían velar por que las instalaciones escolares sean fácilmente accesibles en los lugares en que viven niños indígenas, que el ciclo escolar debería tener en cuenta las prácticas culturales, así como las actividades estacionales agrícolas y los períodos ceremoniales, y tratar de ajustarse a ellas.
Asimismo, el Convenio 169 de la OIT establece que “Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares, y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales” y que “los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos. Deberán facilitárseles recursos apropiados con tal fin””. Por su parte, la Declaración de derechos indígenas de Naciones Unidas impide “toda forma de asimilación o integración forzada” a los pueblos indígenas.
Ercilia Araya recordó que “esto se parece al caso de Canadá, donde los niños indígenas fueron obligados a asistir a internados donde se les lavó el cerebro, se les quitó su cultura”. Ercilia Araya se refiere a que entre 1890 y 1997, alrededor de 150.000 niños y niñas indígenas fueron separados de sus familias e internados a la fuerza en cientos de residencias escolares estatales de Canadá, administrados por el gobierno y operados mayormente por la iglesia católica. Allí sufrieron abusos físicos, psicológicos y sexuales de forma sistemática, y miles de ellos murieron. A los menores no se les permitía hablar su idioma o practicar su cultura, siendo despojados de sus costumbres y formas de vida conocidas hasta ese entonces, y obligándolos a hablar inglés o francés, además de convertirse al cristianismo. La dirigenta colla agrega que “es cierto que en Copiapó no los matan físicamente, pero les matan su alma colla, les matan la cultura, nos entregan niños alienados, asimilados en su cultura y en su mente”.
El recurso pide que los demandados provean de educación pertinente y de su pueblo a los niños colla de la Comunidad Pai Ote; que los demandados se coordinen y financien, con consulta a la comunidad, para la contratación y financiamiento de un profesor que viaje al territorio indígena; y que se establezca un sistema educativo colla en el territorio, que luego sea traspasado a la Comunidad, con el debido financiamiento.
El recurso fue presentado por Ercilia Araya Altamirano, Presidenta de la Comunidad Indígena Colla Pai Ote; Ariel Leon Bacian, Quechua-Aymara, también redactor del recurso; Nancy Piñones Ormazabal, Aymara, Presidenta de la Comunidad Indígena Aymara Elba Sanjinés Huara; Verónica Henríquez Antimanqui, Presidenta de la Asociación Futa Trawun de Paillaco; Esteban Araya Toroco, Likan Antai o Atacameño, Presidente de la Asociación Indígena de Agricultores Lay Lay de Calama; Rafael Tuki Tepano, Rapa Nui; y Carmen Paine Tranamil, mapuche, secretaria de la Asociación Indígena de Butalelbún de Alto Biobío.
Los demandados son el Servicio Local de Educación de Atacama (SLEP); la Seremi de Educación de Atacama; la Escuela Hernán Márquez Huerta; el Liceo Fernando Ariztia Ruiz, y la Dirección Municipal de Educación de Copiapó.